Las claves del voto para medio millón de gallegos en el exterior: ya no tendrán que rogarlo
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El Congreso, por una amplia mayoría, otorga a la emigración más días y más facilidades para participar en las próximas elecciones
27 may 2022 . Actualizado a las 05:00 h.Salvo que se produzca un considerable adelanto del fin de la legislatura o el Congreso y el Senado se demoren más de la cuenta, el casi medio millón de gallegos y los 2,1 millones de españoles que viven en el extranjero estrenarán en las próximas elecciones generales una nueva ley electoral que elimina, tras once años, la obligación impuesta a la emigración de tener que rogar el voto en las elecciones generales, europeas y autonómicas. La práctica totalidad de los grupos políticos del Congreso acaban de aprobar el dictamen de reforma del sistema electoral que cambia las reglas de participación de los residentes en el exterior. Estas son las principales novedades. Solo falta que se validen definitivamente en las Cortes.
En lugar de tener que rogar mediante un envío postal su participación en los comicios, los emigrantes, y sus descendientes con nacionalidad española, recibirán ahora en sus domicilios en el extranjero la documentación electoral necesaria para votar. Estará compuesta por el sobre de votación, que podrá llevar además una pegatina para su cierre; dos certificados de estar inscrito en el censo de electores en el exterior, el sobre que se dirigirá a la junta electoral provincial y otro que contendrá el anterior para la oficina consular. Todo ello estará acompañado de una hoja informativa sobre cómo votar, los enlaces en los que se podrán descargar las candidaturas y una página con los centros habilitados para votar en urna. El Gobierno tendrá un año de plazo para sustituir o complementar esos envíos con comunicaciones vía telemática para solventar los problemas postales en diversos países.
Papeletas imprimibles
La emigración estrenará además la opción de descargarse las papeletas electorales de su provincia de referencia e imprimirlas, lo que permitirá enviar la documentación electoral antes de que se conozcan las candidaturas. Hasta ahora no se enviaba hasta que se proclamaban las candidaturas en liza, lo que hace que en muchos casos llegue fuera de plazo o incluso después de las elecciones. La opción de obtener en una web las papeletas con las candidaturas llevará aparejada la obligatoriedad de descargar todas las que se presenten, para preservar el secreto del voto.
El voto podrá seguir enviándose por correo a la oficina consular en cada país, sobre todo para los más alejados a la legación diplomática, pero aumenta de tres a siete días el plazo para votar en urna en las oficinas diplomáticas o en los locales que se habiliten como colegios electorales. Las condiciones que deben de reunir estos centros, los sistemas de seguridad requeridos y el tipo de locales en los que se podrá votar a mayores de los consulados y embajadas, serán objeto de una norma que deberá redactar el Gobierno en el plazo de seis meses después de la aprobación de la reforma electoral.
Los plazos también se amplían de los tres días actuales a cinco respecto al recuento de votos en las juntas electorales provinciales. Se retrasa así el momento de conocer el resultado final de las elecciones, «pero esta medida es imprescindible si se quiere que el esfuerzo de participación democrática de nuestros conciudadanos en el extranjero sea tomado en consideración», señalan por mayoritario acuerdo los diputados en su ponencia al advertir que muchos votos llegan fuera de plazo.
En el voto por correo seguirá siendo obligatorio como filtro de verificación incluir en el sobre dirigido a la junta electoral provincial con el sobre de votación una fotocopia del DNI, del pasaporte o una certificación de inscripción en el registro consular.