Exteriores subvencionará con hasta 50.000 euros a instituciones que den asistencia a presos españoles en el extranjero

Redaccion LA VOZ

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Josep Borrell, ministro de Exteriores
Josep Borrell, ministro de Exteriores Santi M. Amil

La cuantía individualizada de cada ayuda no podrá exceder los 10.000 euros

19 abr 2019 . Actualizado a las 15:22 h.

El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación subvencionará con hasta 50.000 euros a instituciones asistenciales que prestan ayuda y asistencia a españoles detenidos que cumplen condena en cárceles extranjeras, según una orden publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Estas subvenciones se destinarán a sufragar gastos de asistencia social, sanitaria o análoga para los presos españoles y gastos relativos al desplazamiento, logística y alojamiento del personal al servicio de la institución en sus visitas a los detenidos.

Exteriores explica en la orden, según recoge Europa Press, que existe un elevado número de presos españoles en prisiones extranjeras y que muchas de estas se encuentran «muy lejos» de las oficinas consulares o en países en los que no existe representación.

El departamento que dirige Josep Borrell ve necesario por tanto apoyar y reforzar el trabajo de las instituciones asistenciales que acompañan y ayudan a los presos españoles en el extranjero para que sus condiciones sociales, físicas y mentales «mantengan niveles admisibles» mediante visitas regulares a los mismos y el conocimiento de las cárceles «desde dentro».

La orden publicada este viernes establece las bases reguladoras de las subvenciones que pueden solicitar estas instituciones para completar así la labor de asistencia al colectivo de presos españoles en el extranjero que realizan las oficinas consulares de España.

El importe de la subvención se fijará con arreglo al presupuesto, a la documentación presentada por el solicitante, al número de peticiones y a la disponibilidad presupuestaria.

La cuantía individualizada de cada subvención no podrá exceder de 10.000 euros. La suma de los importes de todas las subvenciones que se concedan a las instituciones asistenciales que operan en un mismo país no podrá exceder de 50.000 euros. Tampoco podrá superar los 50.000 euros la suma de las subvenciones a la misma institución que opere en en distintos países.