Ampliado hasta el 28A el voto de españoles en el extranjero

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Los Consulados y Oficinas consulares deberán abrir durante la jornada del sábado y la del domingo para recibir tanto los remitidos por correo como los presenciales

06 abr 2019 . Actualizado a las 09:32 h.

La Junta Electoral Central permitirá «de forma extraordinaria» la votación a los españoles en el extranjero hasta las 20.00 horas del 28 de abril, en aquellos Consulados y Oficinas consulares habilitadas para el voto en urna, que deberán abrir durante la jornada del sábado y la del domingo para recibir tanto los remitidos por correo como los presenciales.

En una resolución hecha pública tras la reunión de la Junta Electoral Central celebrada este jueves, el órgano supervisor responde así a la petición formulada por Unidas Podemos para un plazo extraordinario del depósito del voto en las oficinas consulares y la adopción de medidas para garantizar que lleguen a tiempo de ser escrutados el voto de los electores residentes en el exterior. La Junta Electoral admite que concurren «circunstancias excepcionales» que aconsejan la adopción de un plazo extraordinario, una vez que el plazo de depósito del voto en urna en los consulados concluye el viernes 26 de abril.