La Xunta renueva su compromiso con los emigrantes en situación excepcional de emergencia

La Voz REDACCIÓN

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El Diario Oficial de Galicia publica las bases de estas ayudas, destinadas a paliar situaciones sobrevenidas derivadas de catástrofes naturales u otras causas que exijan de una actuación urgente

06 jun 2018 . Actualizado a las 11:01 h.

El Diario Oficial de Galicia acaba de publicar la convocatoria de ayudas dirigidas a personas emigrantes de nacionalidad española y origen gallego, residentes en el exterior, que carezcan de los recursos económicos necesarios para atender situaciones sobrevenidas de carácter extraordinario de emergencia social, sanitaria o asistencial, y que precisen de una actuación urgente.

Se trata de ayudas con carácter personal e intransferible, que no originan ningún derecho subjetivo para las personas beneficiarias, e incompatibles con cualquiera otra de las reguladas por la secretaría xeral de Emigración u organismos públicos para los mismos conceptos. Además, únicamente puede concederse una ayuda por hecho causante, y cada solicitante podrá sólo pedir una ayuda por un único supuesto hasta un máximo de 3.000 euros.

«Estas ayudas son un ejemplo más del compromiso que mantenemos con los gallegos del exterior que se encuentran en una situación de necesidad», señaló el titular del departamento autonómico, Antonio Rodríguez Miranda, quien explicó que la convocatoria nació «con el propósito de cubrir un pequeño espacio que, a pesar de no contar, afortunadamente, con una gran demanda, resulta fundamental, e incluso vital en muchos casos».

Los requisitos para obtener una de estas ayudas es carecer de rentas, ingresos y patrimonio para hacer frente a la situación descrita, y acreditar razones de carácter social, sanitario o asistencial de situaciones sobrevenidas en un tiempo próximo al de la solicitud (como máximo en los últimos doce meses) y que por su gravedad requieran una actuación urgente. También se contempla en la orden la posibilidad de sufragar un desplazamiento desde un tercer país, si fuera estrictamente necesario.

Igualmente, quedan cubiertas por esta convocatoria las situaciones sobrevenidas derivadas de graves catástrofes naturales u otras causas que provoquen la pérdida o grave deterioro de la vivienda habitual y del menaje, y aquellas otras situaciones de carácter social, asistencial o humanitario que deriven en la necesidad de una intervención urgente.