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«Yo no tengo para abogados; me siento desamparado»

Ourense ciudad

Fina Ulloa ourense / la voz

Retiran en base a una ley del 2013 la ayuda concedida en 2010 a un vecino con una vivienda de protección

07 Jun 2016. Actualizado a las 10:38 h.

Emilio Rodríguez Yáñez vive en una constante angustia desde hace año y medio. Beneficiario de una pensión mínima, este emigrante retornado de Argentina lleva meses enredado con la burocracia administrativa para recuperar una pequeña subvención -58 euros mensuales- que la Xunta le concedió en 2010 para ayudarle a pagar la cuota de casi 200 euros del préstamo hipotecario firmado para la vivienda de protección oficial de segunda mano que le adjudicaron y en la que vive. Un cambio en la normativa de estas ayudas del gobierno autónomo, aprobado en 2013, le priva de seguir recibiendo esa cantidad que, pese a lo pequeña que pueda parecer, en su caso es esencial para seguir haciendo frente a los recibos bancarios.

La duración fijada para recibir esa ayuda era de diez años. «Se establecía en cinco años prorrogable por otros cinco siempre que yo siguiera en la misma situación económica y cumpliera todas las cláusulas y requisitos como el relativo a mis ingresos. Y no es que siga igual, es que si entonces tenía pocos recursos, que por eso me concedieron la vivienda y la ayuda, ahora que estoy pensionado son aún menores», matiza.

«Si yo comprase hoy, entiendo que me dijeran que no tengo derecho porque ese subsidio lo han eliminado y ya no existe; pero yo firmé con unas condiciones y no entiendo cómo se puede aplicar una norma a algo que se formalizó antes de que esa norma existiera, bajo las condiciones legales de entonces», razona.

Este mismo posicionamiento es el que un abogado le ayudó a plasmar en la reclamación que presentó en abril del 2015 frente a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras. En ella se apunta a que la denegación de la ayuda no se ajusta a derecho. «La subsidiación del préstamo convenido fue aproada por la resolución de fecha 28 de abril de 2010 que expresamente dispone: duración de la subsidiación cinco años renovables por otros cinco. No puede dejarse sin efecto por la aplicación de la doctrina de los actos propios que prohíbe a la a las entidades gestoras dejar sin efecto, de forma unilateral, derechos reconocidos a favor de los particulares», y añade que no puede aplicarse la ley del 2013 que suspende esos tipos de ayudas dado que la concesión de la subsidiación es anterior a su entrada en vigor «y por tanto no puede aplicarse dicha ley con efectos retroactivos por disponerlo así expresamente el artículo 2º.3 del Código Civil que prohíbe el efecto retroactivo de las leyes». Se explica en la reclamación que además, en esa norma del 2013, se fija que «se mantienen las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos que se vinieran percibiendo». Pese a la lógica que parece establecer esa reclamación, la Xunta, a través de la jefatura territorial de esa consellería en Ourense, la desestimó. «Algunas personas que entienden de este tipo de procesos me dicen que si voy por la vía judicial lo consigo seguro, pero yo no tengo para pagar abogados. Me siento desamparado», concluye Emilio al que, además, la devaluación del peso argentino le ha diezmado sus ya limitados ingresos.

 

Una pensión de 120 euros

Ahora mismo Emilio se queda muy lejos de la pensión mínima que le correspondería según la legislación. «Recibía un complemento para llegar a esa mínima, que son unos 605 euros, pero resulta que ahora cobro 120 euros porque la Seguridad Social de España me aplica el tipo de cambio que había en diciembre del año pasado antes de la devaluación de la moneda argentina. Me dan la razón de palabra pero me dicen que no pueden hacer nada porque ellos calculan lo que me van a dar durante el año en base a diciembre anterior, y no consigo que lo arreglen», se lamenta.


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