Consultorio de Internacionalización para empresas gallegas

La Voz REDACCIÓN

INTERNACIONALIZACIÓN

Preguntas y dudas a la hora de lanzar tu negocio al exterior

28 may 2018 . Actualizado a las 09:28 h.

Este consultorio de internacionalización pretende servir de puente entre los gallegos en vías de expansión y las diversas cámaras de comercio, consellerías e instituciones que puedan ofrecer asesoría especializada en materia fiscal o derecho internacional.

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Tributación de los expatriados

«Soy un trabajador de una empresa española, la cual me ha desplazado para la realización de un proyecto para una compañía Noruega. He leído que hay una exención que se puede aplicar en el IRPF por los trabajos realizados en el extranjero, ¿Me podrían concretar más cómo funciona y si cumplo los requisitos?»

Respuesta de Caruncho, Tomé & Judel. Abogados y asesores fiscales

Efectivamente, existe una exención que se puede aplicar por la obtención de los rendimientos de trabajo obtenidos en el extranjero. Esta se encuentra recogida en el artículo 7.p) de la Ley 35/2006 del IRPF y en el artículo 6 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Para que se pueda aplicar esa exención es necesario que se cumplan los siguientes requisitos que indicamos a continuación:

-Que exista un desplazamiento real efectivo del trabajador al extranjero. Ante una posible y probable comprobación por parte de la Agencia Tributaria es necesario que podamos justificar dicho desplazamiento. La ley no establece nada respecto a la prueba válida, por lo que, a título de ejemplo, indicamos los siguientes: sellos del pasaporte donde se demuestra la entrada y salida del país, tarjetas de embarque, facturas de establecimientos hoteleros, certificados de empresa pagadora indicando el país donde nos han desplazado y el proyecto en el que nos ha asignado.

-Que los trabajos se realicen para una empresa no residente. En este punto, tenemos que indicar que no es necesario que la empresa pagadora sea no residente, ya que la firma pagadora seguirá siendo la española a la que le asigna un proyecto la compañía noruega.

-Que el trabajador sea residente fiscal en España. Se considera que una persona es residente fiscal en España cuando se da alguno de los siguientes supuestos:

a) Que permanezca más de 183 días durante el año natural en territorio español.

b) Que radique en España el núcleo principal de sus intereses económicos.

c) Que residan habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de esta persona física.

-Que en el país donde se realizan los trabajos exista un impuesto de naturaleza análoga al IRPF. Indicar a este respecto que el país de destino no puede ser considerado un paraíso fiscal. Existe un límite de 60.100 euros anuales para la aplicación de dicha exención.

Por último, es muy importante que, ante la duda, la persona interesada goce de un asesoramiento especializado, ya que se están realizando comprobaciones masivas por parte de la Administración para comprobar la correcta aplicación de esta exención.

¿Cómo empezar a exportar?

Hay varias herramientas con las claves de los primeros pasos en los diferentes organismos dedicados a la internacionalización de empresas. Estos son algunos de ellos.

¿Cuáles son los mejores países para exportar?

El Instituto Legatum ha publicado su Índice de Properidad Global para este 2018, en que que califaca las economías más eficientes: Suecia, Singapur y Nueva Zelanda encabezan el ránking.

Según explica el portal Asesores de pymes, esta organización compara más de cien variables englobadas en nueve subsectores productivos de 149 países. Por esta razón, sus resultados pueden resultar muy prácticos para analizar la fortaleza de los diferentes mercados internacionales. Estos son, de menor a mayor, los diez países que, a juicio de los expertos del Instituto Legatum, tienen los modelos productivos más eficientes y competitivos.

¿Con qué barreras me voy a encontrar a la hora de expandir mi negocio? 

El libro «Plan de internacionalización empresarial. Manual práctico», de Alfonso Ortega Giménez y José Luis Espinosa Piedecausa publicado por la editorial ESIC en el año 2015 es un documento muy interesante de base a la hora de iniciar un plan de expansión empresarial. En uno de sus apartados, diferencia tres tipos de barreras a las que el empresario tendrá que enfrentarse.

- Barreras de conocimiento: relacionadas con la dalta de información y conocimientos básicos acerca de lo que la actividad exportadora les puede proporcionar, como beneficios de la exportación, oportunidades de su producto, características de los nuevos mercados o las ayudas disponibles a la exportación.

- Barreras de recursos: capacidad de producción, recursos económicos o personal experto en internacionalización.

- Barreras de procedimiento: en este apartado incluyen las trabas culturales y lingüística, las barreras arancelarias, la logística o los trámites documentales.

¿Dónde tributo si decido exportar mi negocio?

Lo primero que sdebes hacer a la hora de exportar es solicitar a la Agencia Tributaria el EORI, un número identificativo válido para toda la Unión Europea y que tienen que tener obligatoriamente no solo las empresas que exporten, sino también las que importen sus productos. Se adquiere en este enlace

¿Qué ayudas puedo encontrar para expandir mi negocio desde Galicia?

La consellería de Economía, Emprego e Industria de Galicia, a través del IGAPE tiene una serie de programas activos en el ejercicio 2018 para potenciar la expansión de las empresas de la comunidad. Destaca el programa Galicia Exporta Empresas, el Galicia Exporta Organismos Intermedios y el Programa Foexga.

El Igape tiene un apartado en su web dedicado a la internacionalización en donde se puede acceder a todos sus programas de asesoramiento y ayuda.