Publicadas las ayudas sociales individuales para emigrantes, a las que la Xunta destina 2,1 millones

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La subvención, de pago único cada año, es fundamental para el mantenimiento de las condiciones de vida de muchos gallegos de la diáspora

27 mar 2017 . Actualizado a las 10:26 h.

El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado la convocatoria de las subvenciones individuales a residentes en el Exterior para el año 2017, de la secretaría xeral da Emigración, que ayuda a paliar las necesidades básicas de en torno a ocho mil familias gallegas de emigrantes, cada año, en lo que se refiere a la subsistencia y atención socio sanitaria de aquellas en situación económica más delicada.

El plazo para realizar la correspondiente solicitud finaliza el 3 de mayo de 2017. Se trata de la principal inversión que realiza el departamento que dirige Antonio Rodríguez Miranda, el más relevante en el aspecto de dotación económica y también de relevancia social. La convocatoria se realiza en régimen de concurrencia no competitiva, dirigida a las y los emigrantes de origen gallego, y a determinados familiares residentes en el extranjero, que acrediten encontrarse en situación de alta precariedad económica.

El grado de dependencia, la gravedad de las enfermedades y sus tratamientos, los ingresos económicos, y la edad de la persona solicitante, así como las cargas familiares, son los criterios básicos de valoración. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas que demuestren carecer de rentas, ingresos o patrimonio suficiente para la subsistencia, y cumplir los requisitos de necesidad estipulados en de cada tipo de ayuda.

Siete tipos

La convocatoria abarca siete tipos de ayuda. Las primeras son aquellas por unidad familiar en situación de precariedad; las segundas por situación de dependencia o enfermedad grave de la persona solicitante; las terceras por situación de dependencia o enfermedad grave en el seno de la unidad familiar; las cuartas por invalidez o enfermedad permanente; las quintas por cobertura de medicamentos y tratamientos de enfermedades crónicas o graves cuando tengan un coste elevado; las sextas para las mujeres que sufran violencia de género; y las últimas para paliar una situación de desempleo en la unidad económica familiar.